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¿Pueden quitarme WhatsApp si no acepto sus términos?

26 septiembre, 2016

Desde hoy, la empresa de mensajería podría cancelar la cuenta de miles de usuarios, pero la gran polémica legal se encuentra en sus nuevos términos de uso.

WhatsApp

WhatsApp ha decidido cambiar sus términos y condiciones de uso para facilitar la transferencia de datos entre el sistema de mensajería instantánea y Facebook. Simplemente, con este anuncio, ya estaba servida la polémica.

Sin embargo, el nuevo texto también ha generado serias dudas legales por su contenido superficial y su falta de transparencia, lo que ha despertado el interés del conjunto de agencias de protección de datos, que ya están investigando con lupa las nuevas normas de WhatsApp.

Pero, ¿cuáles son los principales problemas? Para empezar, existe una duda sobre la continuidad del servicio si no se aceptan los nuevos términos y condiciones, puesto que el mensaje que recibieron los usuarios indicaba lo siguiente: “Por favor, acepta los términos y la política de privacidad antes del 26 de septiembre de 2016 para continuar usando WhatsApp”.

Según explica Alonso Hurtado, socio del departamento de tecnologías de la información de Ecija, la plataforma podría decidir eliminar las cuentas, pero cree que existen otras posibilidades.

“WhatsApp puede desactivar automáticamente la cuenta de un usuario y devolverle la parte proporcional de lo que pagó por la descarga -poco probable-; podría proceder a la cancelación del servicio, sin contraprestación; o, por último, darse la circunstancia de que simplemente se trate de un farol y no suceda nada”, declaró.

Mala estrategia
El letrado está convencido de que lo más probable es que si no se aceptan los nuevos términos no suceda nada, puesto que esto afectaría a demasiadas personas y no sería una buena estrategia.

Sin embargo, el experto resaltó otros dos aspectos chocantes. Por un lado, no entiende que una de las partes que ha firmado un contrato -el que se selló entre el usuario y WhatsApp- imponga unilateralmente al usuario una decisión condicionada y, por otro, critica la falta de transparencia en el mensaje de información, algo que va en contra de la norma europea de protección de datos y de consumidores.

Además, añade, “en el caso de que WhatsApp decidiera cancelar unilateralmente su servicio a los usuarios que pagaron por la aplicación, las asociaciones de consumidores podrían abrir procedimientos alegando una posición dominante y podrían pedir una devolución”.

Otra de las dudas que ha generado las nuevas normas de uso del sistema de mensajería está relacionada con la cesión de datos desde WhatsApp a Facebook, así como a la familia empresarial de la red social -entre las que se encuentran Instagram, Atlas y otras seis compañías más-.

Aunque éste es un procedimiento habitual entre compañías que han sido adquiridas por otras empresas, resulta esencial que se solicite el consentimiento expreso del usuario que, como siempre clama la Agencia Española de Protección de Datos, debe ser inequívoco e informado.

Tipología
“Este problema es mayúsculo, porque la información completa es la única manera de proteger a los consumidores y, en ese sentido, el reglamento general de Protección de Datos es muy claro. Esto provoca que estos términos y condiciones sean legalmente dudosos. Además, no sólo existe un problema en cuanto a la información proporcionada y al consentimiento del usuario, sino que no se especifica claramente qué tipología de datos van a ser transferidos y con qué finalidad se van a utilizar. Una vez más, el que no aparezca hace pensar que estas nuevas normas no son todo lo transparentes que deberían ser”, añade Hurtado.

Por último, el letrado destaca otro aspecto contrario a lo solicitado por el reglamento europeo de protección de datos. “WhatsApp ha generado un sistema para que el usuario, una vez haya aceptado los términos, permita o no a Facebook que proporcione mercadotecnia de sus servicios.

Pero esta opción está marcada por defecto a favor de la transmisión de datos. Esto es totalmente opuesto a la regla del privacy by design, es decir, que todos los dispositivos y aplicaciones deben anteponer la privacidad de los usuarios desde su creación. Este mandato, obligatorio en el conjunto de países de la Unión Europea, en este caso no se cumple, puesto que WhatsApp toma la decisión por el usuario -por defecto-, lo que no protege su intimidad”, concluye el letrado.

Sources